Política de Igualdad de Derechos y No Discriminación

De acuerdo a lo establecido en el artículo 58 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como en los artículos 1ro, 4to y 5to de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y tal como se menciona en los artículos 1ro y 2do de la Constitución Mexicana de los Estados Unidos Mexicanos, en este establecimiento queda expresamente prohibido negar o condicionar la prestación de servicios a los consumidores basándose en factores tales como género, nacionalidad, origen étnico, orientación sexual, creencias religiosas u otras características particulares. Nuestro compromiso primordial se basa en erradicar cualquier forma de conducta discriminatoria que tenga como finalidad o resultado obstaculizar o revocar el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos, así como la igualdad de oportunidades para todos los consumidores.

No se establecerán preferencias ni exclusiones de ninguna índole con relación a los solicitantes de nuestros servicios. Esto abarca la selección de nuestros clientes, restricciones en el consumo o la exclusión de personas con discapacidad, entre otras prácticas similares. Se exceptúan solamente aquellas situaciones que afecten la seguridad y el bienestar del establecimiento, sus clientes, especialmente mujeres, niños y personas con discapacidad, o cuando estén sustentadas en disposiciones expresas de otros marcos legales.

En ningún caso se aplicarán cargos superiores a los montos autorizados o registrados para nuestros clientes en general. Además, no se ofrecerán ni aplicarán descuentos de manera parcial o discriminatoria. Queda estrictamente prohibido implementar o cobrar tarifas extraordinarias o compensatorias a las personas con discapacidad por el uso de sus equipos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos o deportivos esenciales para su bienestar personal; esto también incluye a los perros guía en el caso de individuos con discapacidad visual.

Extendemos una cordial invitación para que solicite las facilidades y dispositivos necesarios a fin de que las personas con discapacidad puedan acceder a los servicios que brindamos. Nuestro objetivo es garantizar que estas limitaciones no menoscaben los derechos legítimos que corresponden a las personas con discapacidad en su rol de consumidores.